viernes, 10 de enero de 2014

Uso de mayúscula (nombres de cuentas contables, nombre de normas y nombre de programas informáticos)

Me consultan sobre el uso de la mayúscula en los nombres de cuentas contables, de normas y de programas informáticos. En cuanto a las normas contables, las mismas no se escriben con minúscula, salvo que vayan a inicio de línea, después de un punto y seguido o al inicio de un párrafo.

En cuanto al nombre de las normas, se escribe con mayúscula las palabras significativas del nombres de leyes, códigos, reglamentos u otros, si no exceden el tamaño de una línea (los nombres cortos), si el nombre es descriptivo o demasiado largo, solamente se escribe en mayúscula la primera palabra; cuando el nombre ocupa varias líneas, se recomienda entrecomillarlo.

Sobre este tema, la Ortografía de la lengua española, señala lo siguiente:

Se escriben con mayúscula inicial todos los elementos significativos (normalmente sustantivos o adjetivos) que forman parte del título de documentos oficiales o históricos, como tratados, convenciones, acuerdos, declaraciones, etc.: el Tratado de Versalles, la Convención de Ginebra, la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Se escriben asimismo con mayúscula inicial todos los elementos significativos del título de los textos o documentos de carácter legal o jurídico (fueros, códigos, órdenes, leyes, decretos, etc.): Código Civil; Fuero Juzgo; Acta Única Europea; Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y Otras Normas Tributarias; Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo; Real Decreto 125/1988; Ley para la Ordenación General del Sistema Educativo.

No obstante, cuando la descripción de la ley que constituye el título de esta es demasiado extensa, el uso de la mayúscula se limita al primer elemento: Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. En ese caso, si se citan en el interior de un texto, se escribirán, además, en cursiva o entre comillas para delimitar su extensión.

En caso de utilizar una mención abreviada del título, deben mantenerse las mayúsculas: El informe ambiental de actividades debe ser público de acuerdo con la Ley 2/2002. En cambio, en las menciones genéricas o anafóricas la mayúscula no está justificada, pues lo que se emplea en realidad no es el título (ni completo ni abreviado), sino el nombre común que designa cada tipo de documento legislativo, que debe escribirse con minúscula: En el preámbulo de la ley ya se establecen claramente sus motivos; El presente real decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Cuando se alude específicamente a algún artículo, apartado o inciso, estas palabras (o sus abreviaturas art., apdo., inc.) deben escribirse con inicial minúscula: Así se reconoce en el apartado 4 del artículo 15 de esta ley.

Los nombres con los que se designan comúnmente determinadas leyes, constituidos por una breve expresión descriptiva de su contenido, y que se emplean en lugar del título oficial, deben escribirse con minúsculas: ley de extranjería (cuyo título completo es Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social) o ley del divorcio (cuyo nombre completo es Ley 30/1981, de 7 de julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio).

También se escriben con minúscula las expresiones de carácter común o apelativo con las que se hace referencia genérica a determinadas leyes, y que no se corresponde con su título oficial: ley electoral, ley sálica, ley del talión, ley seca.

Las constituciones, normas supremas de los Estados, suelen citarse no por el título completo, sino de forma abreviada, utilizando el sustantivo genérico constitución escrito con mayúscula inicial, mayúscula que no debe afectar a los especificadores que lo acompañen: los padres de la Constitución, la Constitución argentina, la Constitución española. Esta mayúscula no debe extenderse a los usos plurales o genéricos: las primeras constituciones bolivianas, las constituciones democráticas, una nueva constitución.

En cuanto a los nombres de programas informáticos, estos se escriben en mayúscula: Excel, Word, Prezi, Photoshop, etc. La Ortografía señala al efecto:

Las denominaciones de programas y sistemas informáticos, así como los de redes sociales, portales y buscadores de Internet, son asimismo nombres comerciales o registrados, por lo que deben escribirse con mayúscula inicial: Acabo de instalar el Windows Vista; Descargue su actualización de Mozilla Firefox; Hace tiempo que tiene un perfil en Facebook; ¿Lo has buscado en Google?

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