Los fonemas se establecen a partir de las
características articulatorias y acústicas de los sonidos del habla, pero se
definen únicamente por el conjunto de rasgos que resultan relevantes o
pertinentes para distinguir unos signos lingüísticos de otros. Las cualidades
fónicas que caracterizan a los fonemas se denominan, por ello, rasgos
distintivos. Cada uno de los fonemas del sistema fonológico de una lengua debe
oponerse a los demás por, al menos, un rasgo distintivo. Así, el fonema /b/ y
el fonema /p/ se diferencian únicamente en que el primero es sonoro, pues se
articula con vibración de las cuerdas vocales, y el segundo es sordo, ya que,
al pronunciarlo, las cuerdas vocales no vibran. La sonoridad es el rasgo
distintivo que opone estos dos fonemas, que, por lo demás, se articulan del
mismo modo, es decir, juntando los labios y obstaculizando con ello la salida
del aire. La prueba de su condición de fonemas del español estriba en que la
sustitución de uno por otro en un mismo contexto fónico produce diferencias de
significado en nuestra lengua, como se pone de manifiesto en los pares de
palabras bala/pala, coba/copa o beso/peso.
Fuente: Real Academia Española y Asociación
de Academias de la Lengua Española. Ortografía de la lengua española. 2011.
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