miércoles, 23 de mayo de 2012

razonabilidad / proporcionalidad


Me consultan sobre el significado de estas dos palabras, que son de uso común en la Administración Pública, generalmente en criterios técnicos. En esa medida, se han vuelto tan cotidianas, reproducibles casi en cualquier contexto, y por ello mismo, perdemos de vista su significado. Llega el momento en que las escuchamos y nos paraliza el tono solemne con el que son invocadas.

En el caso de la primera, razonabilidad, esta no aparece en el diccionario de la Real Academia de la Lengua (DRAE) y nos remite, más bien, a racionabilidad, la cual define como la “facultad intelectiva que juzga de las cosas con razón, discerniendo lo bueno de lo malo y lo verdadero de lo falso”. ¿Y qué es razón? El DRAE nos da los siguientes significados generales:
  1. f. Facultad de discurrir.
  2. f. Acto de discurrir el entendimiento.
  3. f. Palabras o frases con que se expresa el discurso.
  4. f. Argumento o demostración que se aduce en apoyo de algo.
  5. f. motivo (‖ causa).
  6. f. Orden y método en algo.
  7. f. Justicia, rectitud en las operaciones, o derecho para ejecutarlas.
  8. f. Equidad en las compras y ventas. Ponerse en la razón.
  9. f. Cuenta, relación, cómputo. Cuenta y razón. A razón de tanto.

Creo que el más relevante es el que nos remite al verbo discurrir, que significa “inferir conjeturas; reflexionar, pensar, hablar acerca de algo, aplicar la inteligencia”.

En el Diccionario de Uso del Español de María Moliner, se indica que razonable es: 
  1. adj. Prudente o sensato.
  2. Justificado o justo.

Y el DRAE amplía: “arreglado, justo, conforme a razón; mediano, regular, bastante en calidad o en cantidad; racional”.

En ese sentido, podemos considerar que cuando se utiliza esta palabra, se hace referencia a la necesidad de tomar decisiones luego de un proceso de reflexión, a fin de determinar si la acción que se pretende realizar es justa, equitativa, prudente, sensata, justificada, etc.

En cuanto al término proporcionalidad, el DRAE lo define como “conformidad o proporción de unas partes con el todo o de las cosas relacionadas entre sí”. Proporción es “disposición, conformidad o correspondencia debida de las partes de una cosa con el todo o entre cosas relacionadas entre sí; disposición u oportunidad para hacer o lograr algo; coyuntura, conveniencia; mayor o menor dimensión de una cosa” (DRAE).

María Moliner, en su diccionario de uso, define proporcional así:
  • Tal que forma proporción con otras magnitudes.
  • Se dice de las magnitudes relacionadas de tal manera que si el valor de la una se multiplica por un número, el de la otra queda multiplicado por el mismo número: “La velocidad de salida del líquido es proporcional a la altura del depósito”, “Las gratificaciones son proporcionales a los sueldos”.
  • Según una proporción: “Reparto proporcional”.

La proporcionalidad en esa medida, tendría relación con la equidad, pero también –muy importante- con el contexto. Por ello las medidas que se tomen serán proporcionales dependiendo del contexto. No es lo mismo la toma de decisiones en una situación de crisis que en una situación de abundancia.

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