martes, 28 de agosto de 2018

¿El inciso 7 del artículo 48 del Código de Familia es redundante?

El artículo 48 del Código de Familia establece los motivos por los cuales se puede decretar el divorcio. El inciso 7 de ese artículo dice: "El mutuo consentimiento de ambos cónyuges". Me consultan si esa frase es redundante:

Nuestro Código de Familia no define en forma expresa lo que es el matrimonio; lo que hace, más bien, es decirnos qué no es matrimonio, al enlistar los matrimonios imposibles o que pueden ser anulados. En todo caso, más allá de aspectos jurídicos, es importante tener en cuenta la definición que nos da el DILE (Diccionario de la lengua española) de la Real Academia de la Lengua:

Del lat. matrimonium.
1. m. Unión de hombre y mujer, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
2. m. En determinadas legislaciones, unión de dos personas del mismo sexo, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer una comunidad de vida e intereses.
3. m. Pareja unida en matrimonio. En este cuarto vive un matrimonio.
4. m. Rel. En el catolicismo, sacramento por el cual el hombre y la mujer se ligan perpetuamente con arreglo a las prescripciones de la Iglesia.
5. m. Am. Fiesta o banquete con que se celebra un matrimonio.

Vemos en las definiciones 1, 2 y 3, que se trata de la unión entre dos personas; más claramente señalado en las definiciones 2 (dos personas) y 3 (pareja); y se infiere de la primera definición al utilizar los sustantivos hombre y mujer en singular. Así, no podría pensarse, a partir de su definición, en un matrimonio en el cual 3, 4, 5 o más personas se unan "para establecer una comunidad de vida e intereses".

Aclarado este punto, es importante tener en cuenta el significado de las palabras que podrían ser redundantes, en la expresión en análisis:

mutuo, tua
Del lat. mutuus.
1. adj. Dicho de una cosa: Que recíprocamente se hace entre dos o más personas, animales o cosas. U. t. c. s.
2. m. Der. Contrato real en que se da dinero, aceite, granos u otra cosa fungible, de suerte que la haga suya quien la recibe, obligándose a restituir la misma cantidad de igual género en día señalado.

ambos, bas
Del lat. ambo.
1. adj. indef. pl. uno y otro. Le gustaron ambos textos. U. con sustantivos contables en plural referido a un sintagma nominal mencionado o sobrentendido.
2. pron. indef. m. y f. pl. El uno y el otro, o los dos. Leyó dos libros de ese escritor y le gustaron ambos. U. referido a un sintagma nominal mencionado o sobrentendido.

cónyuge
Del lat. coniux, -ŭgis.
1. m. y f. Persona unida a otra en matrimonio.

Al tener claro que un matrimonio solo se puede dar entre dos personas; pareciera redundante el uso del adjetivo "ambos", antes del sustantivo "cónyuges". En cuanto al uso del adjetivo "mutuo", este se refiere a la reciprocidad, propiamente. Así, el significado es que un cónyuge le da el consentimiento al otro y este último se lo da al primero. En ese sentido, el consentimiento se da entre los integrantes del matrimonio y no a terceros (sea, al notario o al Registro Civil o a cualquier otro órgano que participe en el acto en el cual se formaliza el divorcio).

En ese sentido, bien podría haberse indicado "El mutuo consentimiento de los cónyuges"; y no se puede generar ninguna duda de que cada uno debe dar el consentimiento al otro. Sin embargo, en textos jurídicos es recurrente el uso de expresiones que podrían parecer redundantes en el lenguaje cotidiano; pues su intención es que no solo en el momento histórico en el cual se emite la norma, su lectura sea clara; sino durante todo el tiempo en cual la norma se encuentre vigente.

En todo caso, no debemos perder de vista el hecho de que el Código de Familia data de 1974; época en la que aún más que ahora las relaciones entre el hombre y la mujer que conformaban un matrimonio, no eran igualitarias. En ese sentido, es probable que la reiteración de que ambas partes debían dar su consentimiento, quizás tuviere por objeto que no quedara duda en cuanto a que tanto el hombre como la mujer debían hacerlo.

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